Proyecto urbanístico aprobado

18 de juny 2009

Nota: Hemos quitado el enlace para que no se moleste nadie

El pasado día 16 de junio de 2008 estuvimos en el Ayto a fin de ver tras la aprobación definitiva que cambios han habido, sobre todo en el proyecto de urbanización puesto que hay alegaciones de cesiones que fueron aprobadas.

En nuestra opinión es exactamente el mismo que nos presentaron, es más algunos comentarios de errores que se hicieron el día de la presentación aún están exactamente igual.

Los publicamos puesto que sabemos que para muchas personas es la única posibilidad de poder verlos (trabajo, falta de tiempo, desconocimiento, etc.).

Sólo indicar que en los planos pone muy claro, que la línea de baja tensión existente y la de telefonía no se modifica, lo cual es una discriminación clarísima con respecto a la zona anexionada que tendrá el cableado soterrado y las aceras según nueva normativa. Sin comentarios

Como dijo un director de cine: Gracias a Dios que soy ateo, ..... si no perdería la fe.

Para poder verlo mejor clickear sobre la imagen y aparecerá una pantalla a mayor tamaño, en esa nueva pantalla podéis elegir Pantalla completa arriba a la izquierda y vais pasando imágenes.

03 de juny 2009

Aprobación definitiva de Can Valls

Supongo que la mayoría de parcelistas de Can Valls ha recibido o está recibiendo una carta enviada por el Ayto. de Masquefa, en donde se le indica que en fecha 25/05/2009 se aprobó definitivamente el proyecto de reparcelacion urbanística de Can Valls.
En realidad esta carta lo que realmente nos indica es que a partir de este momento, todos aquellos que no estén conforme con la chapuza que se pretende hacer, tienen que iniciar el procedimiento de recurso de reposición y recurso contencioso administrativo, via personal o a través de la Asociación de Propietarios, es decir si pasa un mes sin haber realizado ninguna acción, esta resolución quedará firme y después ya no se podrá hacer nada.
Dado que fue publicado en el BOP con fecha 2/06/2009, se dispone hasta el 2/7/2009 inclusive para hacer el correspondiente recurso de reposición, ante la desestimación, se dispone de dos meses desde la fecha en que nos contesten para interponer el recurso contencioso administrativo y este ya se ha de hacer con abogado y procurador.
Sólo hacer constar en un principio, que todas nuestras alegaciones fundadas, que iban en beneficio de la legalidad existente y al mismo tiempo no perjudicaban a los parcelistas han sido desestimadas, pero en cambio unas alegaciones presentadas por dos propietarios indicando que dado que no podían contruir cedían los terrenos, han sido aceptadas en su mayoría. Personalmente opino que esto también irá en perjuicio nuestro, puesto que una cosa es clara, lo que unos no pagan acaban pagandolo otros, y supongo que ya os imagínais quien acabará pagando.
Seguiremos publicando información y documentos para presentar los recursos.

05 de desembre 2008

Distinto collar pero...

Hemos observado que empieza a haber movimiento en el tema de acabar de urbanizar Can Valls y para nuestra sorpresa (desagradable por cierto), siguen por los mismos derroteros que los anteriores, es decir nos quieren hacer pagar lo que no nos corresponde, para que otros salgan beneficiados, incluido en este aspecto el Ayto.

Voy a ser muy claro:

- Can Valls (zona norte y sur consolidada por la edificación), no tiene por que pagar nuevos postes de luz desplazados unos centimetros de la posición actual. (esta estratagema, que seguro que nos argumentan que es para que cumpla alguna normativa urbanísitica, sólo es para ahorrarse ellos el renovar el tendido eléctrico puesto que les falta la toma de tierra y de paso les sale gratis el mantenimiento durante muchos años, dado que al ponerlos nuevos pagandolos nosotros se ahorran todo lo expuesto.

- Can Valls (zona norte y sur consolidada por la edificación), no tiene que pagar ningún cambio de tuberías de agua o similares e incluso en el tema del cambio del ancho de acera habría mucho que hablar puesto que el ancho de calles original no lo contemplaba y puede generar muchos problemas para que circulen los vehiculos con coches aparcados. En realidad lo que sería realmente correcto es completar lo que falte o esté en un estado no aceptable por la falta de mantenimiento, es decir alcantarillas asfaltado y encintado y aceras si es imprescindible el cambiarlas.

- Can Valls (zona norte y sur consolidada por la edificación), no tiene por que pagar la urbanización de la zona sur con olivos que nos quieren endosar, este tema demuestra claramente como actuan los responsables del Ayto. actual; resulta que las cesiones de estos terrenos no se han formalizado hasta hace un mes y que curioso que justo cuando las han tenido formalizadas han lanzado todo de golpe: Proyecto de reparcelación y Proyecto de urbanización . ¡¡Sospechoso verdad¡¡ Los intereses priman sobre todo lo demás, adquieren parcelas, favorecen a los propietarios de esa zona, ya que nosotros les vamos a costear una parte importante de su obra y lo que más cabrea: ¡¡ A ellos les quedará una zona urbanizada perfecta y a nuestra costa¡¡. Otra cuestión sospechosa e incorrecta es que ha sido asignado a dedo sin licitación, ni concurso...Huele mal, verdad ?.

Aconsejamos a todos los propietarios que vayan al Ayto. y pidan ver el proyecto de urbanización en todo aquello que les afecte y no duden en ponerse en contaco con nosotros para que lo tengamos en cuenta para las alegaciones a presentar.
Recuerdo otro tema y posiblemente de lo más importante: Proyecto de reparcelación es lo mismo que Proyecto para perder tus derechos adquiridos y ya lo explicamos en un articulo anterior en este Blog, por tanto aconsejamos a todos los propietarios que presenten alegaciones y una de ellas sea la de no aceptar la reparcelación.

Adjunto el recurso que hemos presentado sobre el tema de las cesiones de la zona Sur:


AL SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MASQUEFA / DPTO. DE URBANISMO


Don Marcos Sánchez Martín, mayor de edad, con D.N.I número 38061688t, vecino de Masquefa, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Blasco de Garay, 25 – 08783 - Masquefa, ante Dpto. de Urbanismo, comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:


Que con fecha de 06/11/2008 ha sido publicado en el BOP con nº de Boletín: 267 un acuerdo del pleno del Ayuntamiento, celebrado el pasado 16 de Octubre de 2008, sobre la aprobación de un convenio, que regula las cesiones obligatorias de las fincas aportadas por parte de los hermanos Costa Grifell, al polígono de actuación nº 9 Can valls.


Que por el presente escrito, y dentro del plazo legal de un mes establecido al efecto, conforme a los arts.107, 110, 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, interpongo RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN contra el citado acto por entender que el mismo no se ajusta a derecho, provocando indefensión, en base a los siguientes HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO:
HECHOS

1- No se ha comunicado en plazo y forma, a los propietarios de la Unidad de actuación nº 9 de Can Valls, la existencia y contenido del citado convenio.


2- La inserción de dichas fincas en dicho polígono no se ajustaría a la ley urbanística D.L.1/2005 art. 26, art.29a y art.32, dado que la Unidad de actuación nº 9, ya fue reparcelada y esta consolidada por la edificación, por lo que las parcelas que la integran ya han realizado las cesiones y soportados los gastos de los servicios y equipamientos que actualmente tienen, lo cual no ocurre con las fincas aportadas como muy bien expone lo publicado en el BOP.


3- Hay que hacer constar que la zona que se trata de agregar estaba reservada originalmente para bienes y equipamientos, con la modificación actual los bienes y equipamientos pasarán a las zonas reservadas en origen para zona verde, quedando por tanto este suelo utilizable para realizar parcelas edificables. La RGU 3288/1978 art 47.2 prohíbe la utilización de un suelo destinado para equipamientos y zonas verdes para un uso distinto al previsto originalmente en el plan general de la zona, hasta que sea modificado por otro plan.


4- La adhesión de este terreno a la unidad de actuación nº 9, generaría una vulneración del principio en el que se basa toda la legislación urbanística, la equidistribución de cargas y beneficios, a saber:
- Recuérdese que dicha unidad nº 9, esta seccionada por una carretera y esto ha generado un cambio del coeficiente de edificabilidad muy importante en la zona ya consolidada por la edificación, por tanto el incorporar una zona con el aprovechamiento integro y sin servicios vulnera el principio de la Ley de urbanismo.
- También vulneraría dicho principio básico el hecho de que los actuales propietarios tendrían que sufragar los gastos del terreno que se pretende anexionar por provenir de un suelo dedicado a agricultura, el pretender tal cosa es como mínimo censurable.
Por lo expuesto,


SOLICITO: Que se tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo y se tenga por interpuesto en tiempo y forma RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN contra EL acto con fecha de 16/10/2008 y publicado en expediente BOP nº 267, y que en su día se dicte resolución de nulidad del citado acto. También se solicita no se anexione dicho terreno a la Unidad de actuación nº 9 por concurrir las circunstancias arriba mencionadas.

OTROSÍ SOLICITO: Que conforme al art.111 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se declare la SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUGNADO por concurrir la circunstancia de vulnerar el principio de la Ley urbanística y poder causar perjuicios de imposible o difícil reparación a la pluralidad de propietarios que componen dicha unidad de actuación.

04 de desembre 2008

ASI HAN DE FUNCIONAR LOS AYUNTAMIENTOS

Para que nadie piense que decimos las cosas sin ninguna base o por animadversión, adjuntamos el acta de la Comisión de gobierno del Ayto. de Figueres del día 20 de Octubre, con un caso idéntico al nuestro, pero con una resolución bien diferente, los propietarios de un sector querían que el Ayto. los incluyese dentro del plan de urbanización de un poligono consolidado por la edificación, y observar lo que dijeron los responsables del Ayto. de Figueres (Siento admiración por la gente que trabaja en los ayuntamientos respetando la ley, de forma desinteresada y vigilando por el bienestar e intereses de sus conciudadanos de forma ecuánime).

COMISSIO DE GOVERN Núm. 42

Acta de la sessió ordinària del dia 20 d'octubre de 2003 a la Casa de la Vila de la ciutat de Figueres, el dia 20 d'octubre de 2003

Respecte del plantejat pel Sr. Rafael Gardella Suñer, en representació de l’entitat Immobiliaria Garpa, SA i en nom dels hereus de Maria Ferrer Ferrer i el plantejat pel Sr. Casas Ribas, en nom de Corcoll SL, (aquest últim en relació amb l’apartat b.1) B.1 Sobre l’exclusió indeguda d’unes parcel•les del Polígon “A” a l’interior del pla especial.

El Pla General de 1983, vigent, ja va classificar els terrenys discutits com a sòl urbà i compten amb els serveis mínims necessaris per a assolir aquesta classificació, per bé que sigui necessària la seva renovació o execució d’obres de manteniment. Els seus propietaris han patrimonialitzat l’aprofitament urbanístic previst pel planejament general.

En canvi els terrenys del recurrent, juntament amb els de la resta de l’actual sector de pla especial, eren classificats com a sòl urbanitzable no programat. Des de 1983 fins a l’actualitat, els propietaris d’aquest sector podrien haver promogut la seva programació (PAU) i desenvolupament (Pla parcial, projecte d’urbanització), cosa que no varen fer. Ha estat l’ajuntament qui promou l’efectiva urbanització d’aquest sòl, en base als instruments d’execució urbanística previstos legalment. Cal recordar que la patrimonialització dels aprofitaments urbanístics no s’ha materialitzat ni es pot pretendre materialitzar sense complir abans amb els deures urbanístics (cessions obligatòries, equidistribució i urbanització) i que, en execució del Pla especial d’aquest sector, es contemplen al projecte de reparcel•lació i al projecte d’urbanització.

Per altra banda, no resulta exigible legalment que els propietaris de sòl urbà consolidat, hagin de contribuir a les despeses per les obres exteriors al propi polígon, ja delimitat pel Pla General de 1983 i executat, com si es tractés d’un sòl urbanitzable, ja que no és aquest el cas.

I, per les obres de millora i reposició de serveis que s’executen en aquest sòl urbà consolidat es preveu la imposició de contribucions especials per l’increment de valor o “beneficis” que obtindran com a conseqüència de les expressades obres, tècnica, per altra banda que resulta la única exigible en aquest sòl urbà consolidat.

No resulta justificada la pretensió d’equiparar els drets i deures urbanístics per a aquestes dues situacions que són diferents i tenen un origen clarament diferenciat.

La delimitació d’aquest polígon de sòl urbà històricament ja consolidat, tant en la seva realitat física com jurídica, no obeeix a una decisió que s’adopta “ex novo” sinó que era preexistent, ni resulta arbitrària, ni perjudica als propietaris del sector del pla especial industrial sud, ni afecta a l’equidistribució.

Per altra banda, resulta evident que el sector on té la finca el recurrent està sotmesa al deure de cessions i d’equidistribució i també a fer-se càrrec de les despeses d’urbanització atès el deure que imposa la llei 6/1998 de règim del sòl i valoracions als propìetaris d’aquest sòl urbà no consolidat (per les cessions que hi manquen, per l’equidistribució a la que estan obligats i per l’obra urbanitzadora pendent i que han de sufragar) i d’acord amb el pla especial. Per l’anterior aquest motiu que al•leguen els recurrents no resulta justificat.

Si alguién lo quiere comprobar supongo que con el google y una parte del texto de este escrito lo encontrará en Internet, O BIEN PUEDE ENVIAR TODO EL TEXTO POR E-MAIL AL AYTO. DE FIGUERES PARA QUE LE CONFIRMEN LA AUTENTICIDAD .

20 d’abril 2007

No te dejes engañar!

Tras ver las actuaciones de este, y otros Ayuntamientos de la zona al acercarse las elecciones municipales, sólo puedo decir una cosa: “me avergüenzo de los dirigentes que tenemos”.

Si en verdad este "lavado de cara" de última hora consigue engañar a alguien, entonces esas personas merecen estos dirigentes.

Para que se entienda a que me refiero pondremos un símil ficticio:

Un estudiante gandul, incompetente y al que le están costeando los estudios a cuerpo de rey, ha estado cuatro años de la carrera sin hacer nada de nada, y dado que se acercan los exámenes finales (y puede perder la beca que tan buena vida le aporta), decide urdir un plan para aprobar, pues los profesores lo conocen, y lo tiene mal.

1.- Sabe que algunos profesores sienten debilidad por las flores, estos son fáciles, sólo es cuestión de regalarles flores a diario y cuidarles las macetas.

2.-Otros están enfadados con el, por que le exigieron un trabajo al cual se comprometió y no cumplió, también a estos los puede engañar; preparara un trabajo sin ninguna base o mejor lo copia de otro, y se lo entrega a estos justo unos días antes del examen, así, como no les dará tiempo a enterarse del engaño, para cuando se enteren ya será tarde.

3.-Con los profesores más desconfiados usará otra táctica; durante un cierto tiempo se paseará todos los días por delante de ellos cargado de libros, diciendo que es una nueva persona y que el vago que era antes ha desaparecido.

4.-Por último y para rematar el plan, decide que tiene que encontrar una forma de copiar que no detecten y encuentra la solución; uno de los vigilantes de examen, le debe un favor a su padre y cambiará su examen por uno perfecto, por tanto como no lo pueden coger copiando ¡está aprobado!.

Os parece que es una forma correcta de actuar:

¡SI!, pues votar a los actuales dirigentes y quedaran aprobados.

¡NO!, VOTAR A CANDIDATOS FIABLES, Y EN EL SUPUESTO DE NO CONOCER NINGUNO (COSA BASTANTE PROBABLE), VOTAD A DESCONOCIDOS, AL CAMBIAR POR LO MENOS HAY UNA CIERTA PROBABILIDAD DE QUE SEAN MEJORES.

06 d’abril 2007

Comentemos un comentario

He recibido un e-mail de alguien (anónimo, ya que no ha dado nombre), que ha intentado colocar un comentario y no ha podido. Pues bien yo se lo publico gustoso, y aprovecho para comentarlo, en cursiva después de cada frase que merezca ser puntualizada.

"Creo que no hace falta que nos preocupemos de la recepción de la obra ya que el Ayuntamiento ya se salvará de hacerlo ya que es lo legal"
(Este Ayto. ha dado pruebas sobradas de su legalidad, por eso ninguna de sus urbanizaciones está recepcionada, supongo que argumentarán que son todas ilegales).
Ya le hemos puesto en sobre aviso al Ayuntamiento, de que se haga todo legal, y así lo van a hacer ellos también, así es que es tontería y sobretodo perder el tiempo y alargar más todo el proceso de urbanización, (no es cuestión de avisarlos, es cuestión de que ellos digan: correcto, vamos aplicar la legislación vigente y si la ley dice que se ha de hacer por Contribuciones especiales, así se hará) el querer que nos apliquen una ley u ordenanza de otro municipio o aun peor de otra comunidad autónoma, ya que hay que saber que Catalunya tiene competencias sobre urbanismo. (Antes de escribir algo conviene informarse, ya que en caso contrario queda uno en evidencia. En primer lugar: ¿Quién ha dicho que queremos que se apliquen leyes de otra comunidad? Queremos que se aplique la Llei 6/1998, sobre règim del sòl, que dado que es el texto refundido de la ley, es el que se ha de aplicar a casos como el nuestro que vienen de mucho tiempo atrás. NO cambia en nada si se cogen otras leyes de la Comunidad Catalana como la 2/2002 o la 1/2005, todas dicen lo mismo en este aspecto).
Y por último, aunque habría mucho más que comentar, es que el proceso se esta alargando por parte de todos, así es que nadie se le ocurra decirle a nadie, entre vecinos, que deje de poner problemas, ya que problemas ponemos todos, y cada vez nos costará mucho mas (este comentario me suena que lo está realizando alguien del Ayto., ya que la misma frase ya se utilizó en la reunión realizada en la Rogelio Rojo. Aparte de ser demagógico, ya que trata de influir en los demás causando temor, es del todo incorrecto, a saber: Si pasa el tiempo y entran nuevos dirigentes más acordes con la LEY, a lo mejor se dignan pedir la subvención por la Ley de Barrios que va a ser ampliada, en cuyo caso nos saldría muchísimo más barato).
Ah, los que tienen reticencias en dejar las escrituras de sus terrenos, quizás es por temor a que el Ayuntamiento descubra algo, a lo mejor en algún momento hicieron algo que no debían, yo personalmente no tengo ningún problema en mostrar nada, siempre que me lo pidan correctamente y que me lo justifiquen, además es otro aspecto que esta ralentizando todo el proceso (Esto también es demagógico y parece estar escrito por alguien afín al Ayto. de Masquefa, pero vamos a puntualizarlo: Ya se publicó en este blog de Can Valls que en las reparcelaciones, el llevar las escrituras de forma voluntaria al Ayto. supone la aceptación de la reparcelación y la pérdida de los derechos adquiridos con el tiempo. ¿Quién en su sano juicio va a realizar algo que le puede suponer millones de pesetas de más en el coste de urbanizar ?)
Una vecina de Can Valls.

Pd: la próxima vez que se organice y se celebre una reunión abierta a todos los vecinos y que se traten temas que nos afectan a todos, seria un detalle, convocar a la totalidad de los vecinos, no a unos si y a otros no, (totalmente de acuerdo, fue un cúmulo de despropósitos, ya que les comentamos a varias personas de Can Valls Sur que cuando quisieran, tras ponerse de acuerdo, nos avisarán (en can Valls norte somos pocos y en cinco minutos estamos de acuerdo), pero por lo que vimos se organizó a última hora y sin avisar a todos los posibles. Se pide disculpas a todos aquellos que hubieran venido y no se enteraron, próximamente haremos otra más extensa y repetiremos lo hablado en la anterior) aunque amigos no somos todos por desgracia, todos si somos vecinos también por desgracia (este comentario es muy poco adecuado al tema que estamos tratando), y aunque no queramos algunas cosas las tenemos que compartir como por ejemplo el gasto que ocasionará la urbanización (esto es incorrecto. Lo correcto es: el gasto que ocasionará el terminar de asfaltar y alcantarillar Can Valls ) de nuestro barrio.

Aunque es un escrito muy tendencioso y manipulador, estoy encantado de que los vecinos de Can Valls envíen comentarios, ya que con ellos se aclaran muchas cosas. Por cierto en un segundo e-mail reclamando que se publique este que hemos comentado

“Soy la anterior vecina que ha escrito un comentario. Si no publicáis mi comentario anterior querrá decir que no tenéis en cuenta la opinión de todos los parcelistas como decís en vuestra encuesta que si se tendría que recoger. Así es que espero poder visualizarlo y verlo publicado.Muchas gracias y este mensaje no hace falta que no publiquéis aunque si queréis no tengo inconveniente, tampoco creo que lo lea mucha gente.”
Sólo puedo decir que si en Can Valls hay unos 60/70 propietarios de parcelas y en nuestro contador de la página Web sale que ha sido visitada por más de 1000 personas, supongo que lo lee mucha gente.

Aprovecho para comentar que hemos puesto el tema en manos del Defensor del pueblo y cual será nuestra sorpresa cuando en la contestación pone (no literal): “No podemos contradecir al Sindic por que es una institución de igual nivel y jerárquicamente no estamos por encima”. Dicho en otras palabras, nos han dicho: “La resolución no es correcta pero nosotros no podemos decirlo abiertamente”.

Como es de suponer si hubiesen estado de acuerdo con el Sindic sencillamente hubieran contestado: “La resolución del Sindic es correcta y ajustada a derecho, por tanto ustedes están equivocados”, y no ha sido el caso. Hemos vuelto a escribirles y puede ser que en la próxima, esto se aclare por fin.

29 d’agost 2006

El Abocador, un peligro para todos

He estado mirando el Diari de Masquefa y he visto el articulo sobre el Abocador de Hostalets de Pierola, creo que es muy buena idea; que todo el mundo entre en su pagina Web, y pulse sobre el enlace en amarillo para enviar un e-mail de protesta contra el citado abocador, y aún más importante, que lo comenten con todos sus conocidos y aquellos que piensen que el mundo es un lugar para vivir, no para enfermar.

Hay que pensar que los males se han de prevenir, pues una vez creados, a veces la cura es imposible y este puede ser el caso del Abocador.
Si como mínimo conseguimos que se hagan controles transparentes de forma continua, aéreos y en las aguas subterraneas, y que estos se publiquen, tendremos por lo menos una cierta garantía de que no nos están envenenando.

Mantenerse al margen en este tema no es una buena idea, ya que es seguro que si el aire se contamina con productos tóxicos, afecta tanto a los que se involucran como a los que no, y lo que es peor, a quien más afectará será a nuestros hijos.

Sería un detalle, si el Ayuntamiento de Masquefa se involucrará en este tema y como mínimo, la próxima vez que abran el grifo por la noche de los gases tóxicos, hicieran un control para ver que es lo que hay en ese aire fétido, (eso sí, guardando muestras para poder reanalizar).

Seamos inteligentes, hagamos correr la voz de denuncia, para que esta se oiga muy lejos.